Por José Ivars Ivars
Se suele decir que las leyes están para cumplirse, y cabe que esto sea extensible también para Decretos y similares. Aunque la realidad y la historia nos han demostrado en filatelia, que no es así. El uso del sello como medio de franqueo de la correspondencia en España, se estableció por Real Decreto de fecha 24 de octubre de 1849 (Gaceta de Madrid de 31.10.1849), y el posterior de fecha 1 de diciembre de 1849 anunciaba la fecha del 1 de enero de 1850 a partir de la cual, y según las instrucciones presentadas, “…quedaba abolido el actual método de franquear y certificar las cartas…”, añadiendo estas instrucciones que “…el que desde dicho día quiera franquear ó certificar una carta deberá hacerlo por medio de sellos…”.
El ilustre filatelista D. José Mª Sempere en uno de sus muchos artículos que versan sobre los orígenes filatélicos en España (1), al hablar del primer sello en España, hace hincapié en la diferencia que existe entre el primer día de la emisión y el primer día de venta. Pueden ó no coincidir, y más cuando los “Decretos” cabe que no se llegasen a cumplir. Sempere matiza muy acertadamente que la fecha de emisión es “…la fecha en que se acepta la validez del sello para franquear la correspondencia…”, y no siempre coincide con el de primer día de venta de los sellos, que en el caso de España los primeros se pusieron en venta días antes del 1 de enero de 1850.
Diario El Constitucional (16.01.1850) con el artículo que afirma haberse vendido y dado curso al primer sello de España, antes de la fecha determinada (01.01.1850)
¡Y
la prensa se hizo eco de esto mismo! En este mismo artículo firmado por
Sempere, da a conocer que el “Diario
Constitucional” de Palma de Mallorca (2),
sobre una noticia publicada en Madrid los días 30 y 31 de diciembre, publica lo
siguiente:
«Parece que ha sido bien recibida del público la disposición del
franqueo previo de las cartas; la venta de sellos ha sido considerable en estos
dos días y aunque la curiosidad haya entrado por mucho para aumentar el
consumo, siempre es buena señal lo ocurrido.
Hemos oído decir que a pesar de que se anunció que sólo se daría
curso a la correspondencia franqueada de ese modo desde el día primero de enero
del presente año, el día 31 fueron
tantas las cartas que entraron por el buzón con los sellos, que el señor
director de Correos mandó que se remitieran a sus destinos, a pesar de lo
dispuesto, por no causar perjuicio a los interesados.»
¿Se
vendieron los primeros sellos españoles, antes en Baleares que en otros lugares
de España? No exactamente. Días antes de aquel 1 de enero de 1850, también
varios estancos de Madrid y Barcelona, pusieron a la venta aquellos primeros
sellos que la ciudadanía debía usar en sus cartas (3), pero no hemos podido constatar que en otras ciudades
españolas, sucediese lo que describe la prensa balear, de que la novedad en el
uso del sello como franqueo previo en la correspondencia, tuviese tanto impacto
como para que en Palma de Mallorca se empezasen a usar incluso antes de lo
establecido por Real Decreto. Toca pues revisar las colecciones de Historia
Postal Balear, en busca de esas cartas que, según la prensa, fueron
mataselladas días antes de lo decretado por ley.
¿Picaresca tal vez? Sempere ante este uso anticipado en la venta/compra de los primeros sellos de España, da a entender que no solo los usuarios del correo fueron los potenciales compradores. Cabe que, puesto que la filatelia ya estaba empezando a tener presencia en algunos países europeos, fuese algún filatelista español quien corrió raudo a adquirir los primeros de España, incluso con fecha anterior a lo dispuesto por la ley, y aunque se supone solo podría tenerlos nuevos (sin circular) puesto que no se podrían matasellar hasta el 1 de enero, la realidad nos demuestra que, al menos en Palma de Mallorca, eso no se cumplió. Como matiza Sempere, en España “…las leyes están para infringirlas…”.
La
implantación del sello postal como método de franqueo de la correspondencia,
como algo nuevo que se presentaba en sociedad, tuvo sus partidarios y sus
detractores, ó más bien genero muchas dudas y preguntas, y esa sensación de no
saber si el sistema funcionará a pesar de haberse establecido en Inglaterra 10
años antes y en otros lugares de Europa años después de Inglaterra, la prensa
balear se hizo eco de aquellas dudas. Así tenemos que El Genio de la Libertad (Palma de Mallorca) de fecha 31 de
diciembre de 1849 (Pág. 3), inserta un corto artículo sin firma, en el que se
plantean cuestiones como el hecho de que para conocer el peso de la carta y el
sello que le corresponde, mucha gente deberá ir a preguntar a la oficina de
correos, lo que supone la necesidad de más personal atendiendo al público. El
que escribió aquellas líneas, vio en el sello más perjuicios que beneficios.
1. Detalle de las cifras de sellos vendidos en
España en los primeros 5 meses (El Genio de la Libertad. 26.07.1850)
El sello y su uso, dio pie a mucha publicación. Era algo novedoso y como tal había que informar debidamente a la población. Algunos rotativos de baleares, publicaron tanto el Real Decreto de fecha 24 de octubre de 1849, así como el de fecha 1 de diciembre con las instrucciones pertinentes, y con ello la población estaba más que informada al respecto. Y el sello al final se aceptó como tal, e incluso algún que otro rotativo anunciaba a bombo y platillo el “éxito” de su uso (El Genio de la Libertad de fecha 26.07.1850), aunque anunciando que a ese ritmo de aceptación, al año siguiente ya sería obligatorio (4), algo que no pasaría hasta pasados unos años, concretamente la obligatoriedad de usar el sello como pago previo en España y Posesiones de Ultramar se estableció por el Real Decreto de fecha 05.02.1856, y se estableció a partir del 1 de julio de 1856 (5).
Notas:
1. “La Filatelia Española en sus
Orígenes”. José Mª Sempere. Revista de Filatelia. Enero 2010.
2. Diario Constitucional de fecha 16 de
enero de 1850 (Palma de Mallorca).
3. Noticia publicado en varios
periódicos de Madrid y Barcelona: El Clamor Público (30.12.1849), La Época
(30.12.1849), Diario de Barcelona (30.12.1849).
4. El uso de franqueo previo en la
correspondencia, no fue obligatorio hasta 1856. Los primeros años era
voluntario.
5. http://ifacfilatelico.blogspot.com/2018/04/el-uso-voluntario-en-el-primer-sello-de.html